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Residencia en Paraguay para españoles

Apostilla, ausencia de convenio, artículo 95 bis, modelo 720 y el artículo 8.2. La parte paraguaya es la fácil.

Última verificación 2026-08-20Próxima revisión 2026-11-206 fuentes oficiales

Del lado paraguayo no hay atajo: España no forma parte del Acuerdo de Residencia del MERCOSUR, así que la vía es la general, con temporal primero y cambio a permanente después.

Del lado español está el trabajo difícil. El artículo 9 de la Ley 35/2006 decide cuándo dejas de ser residente, el artículo 95 bis puede facturarte plusvalías latentes antes de irte, el modelo 720 sigue vivo mientras seas contribuyente, y el artículo 8.2 tiene una regla de cinco períodos para quien se traslada a una jurisdicción listada.

El lado paraguayo, en cuatro líneas

Residencia temporal con validez de hasta dos años renovable por períodos iguales, tasa oficial de Gs. 2.926.925 según lo publicado por Migraciones el 19 de agosto de 2026, y cambio a permanente dentro de la ventana de tres meses anteriores al vencimiento del carné. No hace falta comprar inmuebles ni invertir. Los certificados españoles se apostillan en España, porque España es parte del Convenio de La Haya, y se traducen en Paraguay.

El recorrido completo está en cómo obtener la residencia y la lista documental en requisitos. Es la parte previsible del proyecto.

Cuándo dejas de ser residente fiscal en España

El artículo 9 de la Ley 35/2006 establece dos vías de residencia, y basta con una.

  1. Permanencia. Más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Las ausencias esporádicas computan salvo que acredites tu residencia fiscal en otro Estado, que es donde entra el certificado paraguayo.
  2. Intereses económicos. Que radique en España el núcleo principal o la base de tus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta.

La segunda es la que sorprende. Puedes contar los días con precisión de contable y seguir siendo residente español si tu sociedad, tu facturación y tu patrimonio siguen ahí. Mudarse de país sin mudar el negocio es el patrón que más veces hemos visto terminar mal.

El impuesto de salida del artículo 95 bis

Es el punto que conviene resolver antes de comprar un billete. Según la Agencia Tributaria, el régimen de ganancias patrimoniales por cambio de residencia se aplica a quien haya sido contribuyente del IRPF al menos diez de los quince períodos impositivos anteriores, y exige superar uno de estos dos umbrales:

UmbralCondición
4.000.000 de eurosValor de mercado conjunto de las acciones o participaciones
1.000.000 de eurosCuando no se alcanza el anterior, con participación superior al 25 por 100

Por debajo de eso, el régimen no se aplica. Merece la pena decirlo con claridad, porque el impuesto de salida se cita en foros como si alcanzara a cualquiera que se marche, y no es así.

El aplazamiento no llega a Paraguay

Existe un mecanismo de diferimiento, pero conviene leer su ámbito. La Agencia Tributaria lo describe para el traslado a otro Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con intercambio efectivo de información, con un plazo de diez ejercicios durante el cual la ganancia no se autoliquida salvo que se produzca alguno de los hechos previstos, entre ellos la transmisión de las acciones o la pérdida de la condición de residente en la UE o el EEE.

Paraguay no es un Estado miembro ni del EEE. Cualquier otro alivio, incluidos los supuestos de desplazamiento temporal, hay que confirmarlo con un asesor fiscal español sobre el texto vigente del artículo 95 bis. No lo afirmamos aquí.

El modelo 720 el año de la salida

Mientras seas contribuyente del IRPF sigue viva la obligación informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Se articula en tres bloques, cuentas, valores y derechos, e inmuebles, cada uno con un umbral de 50.000 euros, y se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo.

El año del traslado es precisamente el año en que más gente se equivoca: abre cuenta en Asunción, se considera ya fuera del sistema español y no presenta. Una cuenta paraguaya recién abierta entra en el perímetro exactamente igual que cualquier otra.

La regla de los cuatro períodos del artículo 8.2

El artículo 8.2 de la Ley del IRPF dice, literalmente, que no perderán la condición de contribuyentes las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio considerado como paraíso fiscal, y que la regla se aplica en el período impositivo del cambio y durante los cuatro períodos impositivos siguientes.

La pregunta obvia es si Paraguay está en esa lista. No la respondemos. La relación de jurisdicciones no cooperativas se fija por orden ministerial y se revisa, así que la respuesta correcta es leer la orden vigente en el momento de tu traslado, con tu asesor. Lo que sí decimos es que esa comprobación no es opcional: si la respuesta fuera afirmativa, cambiaría por completo el calendario de todo el proyecto.

Ausencia de convenio y qué implica

La red de convenios de doble imposición de Paraguay es corta. Sin convenio no hay reglas de reparto, no hay tipos reducidos de retención y, sobre todo, no hay criterio de desempate si dos administraciones te consideran residente a la vez.

La consecuencia práctica es que en este destino conviene una salida inequívoca en lugar de una optimización fina. Cerrar la vivienda disponible, mover el centro de decisión del negocio y documentar el traslado vale más que ajustar el calendario para quedarse en 180 días.

Qué llevarle a tu asesor español

  • Entradas y salidas de los últimos tres años, con país y fecha.
  • Qué pasa con la vivienda: vendida, alquilada a largo plazo o conservada y disponible.
  • Dónde residen cónyuge e hijos menores.
  • Porcentaje de ingresos y de activos que sigue en España.
  • Valor y antigüedad de las participaciones en sociedades, para el artículo 95 bis.

Lo que no está aclarado. Si Paraguay figura en la relación española vigente de jurisdicciones no cooperativas a efectos del artículo 8.2: hay que leer la orden ministerial actual y no lo afirmamos en ningún sentido. Tampoco hemos leído directamente el texto del artículo 95 bis en el BOE: el portal devolvió la norma truncada el 20 de agosto de 2026, así que las condiciones y umbrales que publicamos proceden del manual de la propia Agencia Tributaria, que citamos abajo.

Seguir leyendo: lo que la residencia paraguaya no resuelve, residencia fiscal en Paraguay y, en inglés, moving from Europe.

Preguntas frecuentes

¿Los españoles tienen alguna vía rápida en Paraguay?
No. España no forma parte del Acuerdo de Residencia del MERCOSUR, así que la vía es la general: residencia temporal y después cambio a permanente, con la tasa oficial completa y la lista de documentos apostillados.
¿Me aplica el impuesto de salida del artículo 95 bis?
Solo si se cumplen a la vez las condiciones que resume la Agencia Tributaria: haber sido contribuyente del IRPF al menos diez de los quince períodos impositivos anteriores y superar los umbrales de valor, 4.000.000 de euros de valor de mercado, o 1.000.000 de euros con participación superior al 25 por 100. Fuera de eso, no aplica.
¿Puedo aplazar el impuesto de salida al irme a Paraguay?
El aplazamiento de diez ejercicios que describe la Agencia Tributaria está previsto para el traslado a otro Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con intercambio efectivo de información. Paraguay no lo es. Cualquier alivio distinto tienes que confirmarlo con un asesor fiscal español sobre el texto vigente del artículo 95 bis.
¿Sigo teniendo que presentar el modelo 720?
Mientras seas contribuyente del IRPF, sí, con la obligación informativa sobre cuentas, valores e inmuebles en el extranjero cuando cada bloque supera 50.000 euros, y con plazo del 1 de enero al 31 de marzo. El año de la salida es precisamente el año en que más gente se confunde.
¿Qué es la regla de los cuatro años del artículo 8.2?
El artículo 8.2 de la Ley del IRPF dice que los nacionales españoles que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio considerado paraíso fiscal no pierden la condición de contribuyentes en el período del cambio ni en los cuatro siguientes. Si Paraguay figura o no en la lista vigente de jurisdicciones no cooperativas es un dato que hay que comprobar en la orden ministerial actual, y no lo afirmamos aquí.

Que Paraguay te sirva depende de cómo ganas, no solo de dónde vives

Repasamos tu situación contigo, incluidos los casos en los que la residencia paraguaya no produce el resultado que la gente espera. Esto es información general y no asesoramiento fiscal: para la salida de tu país de origen necesitas un asesor de allí. La llamada la hacemos en español o en inglés, como prefieras: nuestro equipo está en Asunción. Las páginas de precios y de reserva están en inglés.

Fuentes

Cada afirmación legal, cada tasa y cada paso de trámite de esta página sale de las fuentes de abajo y se verificó el 2026-08-20. Si cambian, cambia la página.

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Esta página es información general sobre las normas paraguayas publicadas por las autoridades citadas arriba, y sobre las normas extranjeras en la medida en que están citadas. No es asesoramiento legal ni fiscal para tu caso, y sobre la fiscalidad de tu país de origen no asesoramos: eso corresponde a un asesor local. Consulta nuestro aviso legal sobre información legal y fiscal (en inglés).