Ir al contenido

Residencia en Paraguay para colombianos

Vía MERCOSUR del lado paraguayo, y del lado colombiano los 183 días en 365 y los supuestos que atrapan a los nacionales.

Última verificación 2026-08-20Próxima revisión 2026-11-205 fuentes oficiales

Colombia está en la lista MERCOSUR de Migraciones, junto con Argentina, Brasil, Uruguay, Bolivia, Chile, Perú y Ecuador. Eso significa tasa oficial menor, Gs. 2.341.540 frente a Gs. 2.926.925, lista documental propia y validez de dos años no renovable.

La residencia fiscal colombiana la decide el artículo 10 del Estatuto Tributario, con su regla de más de 183 días calendario en cualquier período de 365 días consecutivos y con los supuestos del numeral 3 que alcanzan a los nacionales aunque vivan fuera.

La vía MERCOSUR para colombianos

Es la ventaja concreta del pasaporte colombiano en Paraguay, y conviene aprovecharla bien porque viene con una fecha rígida.

ConceptoVía MERCOSURVía general
Tasa publicadaGs. 2.341.540Gs. 2.926.925
Validez de la temporariaDos años, no renovableHasta dos años, renovable por períodos iguales
Ventana para la permanenteDentro de los 90 días anteriores al vencimientoTres meses antes del vencimiento, más un mes con multa
Si se pasa la ventanaSe pierde el derecho bajo el acuerdoPrórroga de hasta seis meses

Las tasas son las publicadas por Migraciones el 19 de agosto de 2026 y se mueven. La fila que importa es la última: en la vía MERCOSUR no hay red de seguridad.

Los documentos públicos colombianos se apostillan en Colombia y se traducen en Paraguay. El recorrido está en cómo obtener la residencia y la lista en requisitos y documentos.

Cuándo dejas de ser residente fiscal en Colombia

No asesoramos sobre derecho tributario colombiano. Lo que sigue es el artículo 10 del Estatuto Tributario, para que puedas trabajarlo con un contador en Colombia.

La regla de permanencia

Eres residente si permaneces continua o discontinuamente en el país por más de 183 días calendario, incluyendo días de entrada y salida, durante un período cualquiera de 365 días calendario consecutivos. Y cuando esa permanencia recae sobre más de un año o período gravable, se considera que la persona es residente a partir del segundo año o período gravable.

Es una regla móvil, no de año natural. Ese detalle diferencia a Colombia de España, donde el cómputo es por año natural, y hace que las cuentas caseras fallen con frecuencia.

Los supuestos que alcanzan a los nacionales

El numeral 3 del artículo 10 hace residente al nacional colombiano que, durante el respectivo año o período gravable, se encuentre en alguno de estos casos:

  • Su cónyuge o compañero permanente no separado legalmente, o los hijos dependientes menores de edad, tengan residencia fiscal en el país.
  • El cincuenta por ciento o más de sus ingresos sean de fuente nacional.
  • El cincuenta por ciento o más de sus bienes sean administrados en el país.
  • El cincuenta por ciento o más de sus activos se entiendan poseídos en el país.
  • Habiendo sido requerido por la administración tributaria, no acredite su condición de residente en el exterior.
  • Tenga residencia fiscal en una jurisdicción calificada por el Gobierno Nacional como paraíso fiscal.

Ese quinto punto es el que más directamente conecta con Paraguay: si la DIAN te requiere, tienes que acreditar tu residencia en el exterior. Sin acreditación, el propio artículo te devuelve a la residencia colombiana.

Cómo se acredita, y por qué el certificado paraguayo encaja

El parágrafo del artículo dice que las personas naturales nacionales que acrediten su condición de residentes en el exterior para efectos tributarios deberán hacerlo ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante certificado de residencia fiscal o documento que haga sus veces, expedido por el país o jurisdicción del cual se hayan convertido en residentes.

Ese es exactamente el Certificado de Residencia Fiscal de la DNIT que regula la Resolución General N° 65/2020. Pocas veces la pieza de un país encaja tan literalmente en el hueco previsto por la norma de otro, y merece la pena solicitarlo para el período correcto y no para el de la mudanza.

Las excepciones del parágrafo 2

No serán residentes fiscales los nacionales que cumplan alguno de los literales del numeral 3 pero reúnan una de estas condiciones: que el cincuenta por ciento o más de sus ingresos anuales tengan su fuente en la jurisdicción en la cual tengan su domicilio, o que el cincuenta por ciento o más de sus activos se encuentren localizados en esa misma jurisdicción. La forma de acreditarlo la determina el Gobierno Nacional.

Dicho de otro modo: mudarse de verdad, con ingresos y activos incluidos, es lo que activa la salida. Mudar el domicilio y dejar el negocio en Bogotá o Medellín no lo es.

Lo que Paraguay aporta y lo que no

Aporta un sistema territorial construido sobre la definición de fuente de la Ley N° 6380/2019, un trámite migratorio barato por la vía MERCOSUR y un certificado fiscal que la norma colombiana pide expresamente. No aporta un umbral de días publicado, ni opacidad: Paraguay figura entre las jurisdicciones comprometidas con el intercambio automático de información de la OCDE.

Lo que no está aclarado. Si Paraguay figura o no en la lista colombiana de jurisdicciones calificadas como paraíso fiscal a efectos del literal f del numeral 3 del artículo 10: no lo hemos verificado contra el decreto vigente y no lo afirmamos en ningún sentido. Es una comprobación necesaria, porque de ser afirmativa mantendría la residencia colombiana pese al traslado. Tampoco publicamos regla alguna sobre tributación de salida en Colombia: no la hemos verificado en fuente oficial.

Seguir leyendo: lo que la residencia paraguaya no resuelve, la cuestión de los días y, en inglés, MERCOSUR residency.

Preguntas frecuentes

¿Los colombianos pueden usar la vía MERCOSUR en Paraguay?
Migraciones lista a Colombia entre los países de la residencia temporaria MERCOSUR, junto con Argentina, Brasil, Uruguay, Bolivia, Chile, Perú y Ecuador. Eso significa tasa oficial menor y lista de documentos propia, con validez de dos años no renovable.
¿Cuándo dejo de ser residente fiscal en Colombia?
El artículo 10 del Estatuto Tributario te hace residente si permaneces más de 183 días calendario, continua o discontinuamente, en cualquier período de 365 días consecutivos. Cuando esa permanencia cae sobre más de un período gravable, se considera residente a partir del segundo. Dejar de cumplirlo es lo que rompe la residencia, no la mudanza en sí.
Soy colombiano y ya no vivo allí. ¿Puedo seguir siendo residente fiscal?
Sí, por el numeral 3 del artículo 10: si tu cónyuge o hijos dependientes menores tienen residencia fiscal en el país, si el 50% o más de tus ingresos son de fuente nacional, si el 50% o más de tus bienes se administran allí, si el 50% o más de tus activos se entienden poseídos allí, si requerido por la administración no acreditas tu residencia en el exterior, o si tienes residencia fiscal en una jurisdicción calificada como paraíso fiscal.
¿Qué tengo que acreditar ante la DIAN?
El parágrafo del artículo 10 exige que los nacionales que acrediten su condición de residentes en el exterior lo hagan ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante certificado de residencia fiscal o documento equivalente expedido por el país del que se hayan hecho residentes. Ahí es donde entra el certificado paraguayo de la DNIT.
¿Hay excepciones para los nacionales atrapados por el numeral 3?
El parágrafo 2 excluye a quienes tengan el 50% o más de sus ingresos anuales con fuente en la jurisdicción de su domicilio, o el 50% o más de sus activos localizados allí. Cómo se acredita cada supuesto lo determina el Gobierno nacional, y ahí conviene un contador colombiano.

Que Paraguay te sirva depende de cómo ganas, no solo de dónde vives

Repasamos tu situación contigo, incluidos los casos en los que la residencia paraguaya no produce el resultado que la gente espera. Esto es información general y no asesoramiento fiscal: para la salida de tu país de origen necesitas un asesor de allí. La llamada la hacemos en español o en inglés, como prefieras: nuestro equipo está en Asunción. Las páginas de precios y de reserva están en inglés.

Fuentes

Cada afirmación legal, cada tasa y cada paso de trámite de esta página sale de las fuentes de abajo y se verificó el 2026-08-20. Si cambian, cambia la página.

Seguir leyendo

Esta página es información general sobre las normas paraguayas publicadas por las autoridades citadas arriba, y sobre las normas extranjeras en la medida en que están citadas. No es asesoramiento legal ni fiscal para tu caso, y sobre la fiscalidad de tu país de origen no asesoramos: eso corresponde a un asesor local. Consulta nuestro aviso legal sobre información legal y fiscal (en inglés).